El Gobierno, con el fin de reforzar los derechos de las personas, ha establecido que en el caso de los beneficiarios del subsidio para mayores de cincuenta y dos años no se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social aun cuando la presentación de la preceptiva declaración anual
de rentas se realice fuera del plazo establecido legalmente.